Conocido también como contrato prematrimonial, es un acuerdo que se realiza entre dos personas que van a contraer, o ya han contraído, matrimonio para regular su situación económica en caso de separación. Al contraer matrimonio, muchas responsabilidades y beneficios son adquiridos, y la pareja comienza a funcionar bajo el régimen económico ganancial.
En éste se establece que todos los bienes y ganancias obtenidos durante el matrimonio pasan a formar parte de la sociedad de gananciales y son compartidos por ambos cónyuges. Para modificar este régimen, en el territorio español puede optarse por celebrar un acuerdo prematrimonial.
Regulados dentro del Código Civil en el artículo 1325 y los que le siguen, este tipo de acuerdos recibe el nombre de Capitulaciones Matrimoniales. Aunque en general se utilizan para regular únicamente las características económicas que afectan a la pareja, también puede incluir otras cláusulas mientras no sean ilegales o limiten la igualdad de las partes.
¿Qué incluye un contrato de este tipo?
Este tipo de acuerdos es más habitual de lo que crees en España y a través de él se regulan las consecuencias de una separación o divorcio. Con un contrato prematrimonial, se pueden regular 3 regímenes avalados por el Registro Civil: gananciales, separación de bienes y de participación.
Como mencionamos anteriormente, si no se realiza ningún acuerdo en la pareja al contraer matrimonio se conformará un régimen ganancial, creando un patrimonio común. Esto puede establecerse de forma distinta, con los cónyuges aportando ganancias proporcionalmente a sus ingresos a una sociedad común, por ejemplo.
Otro factor que puede regularse es la separación de bienes, estableciendo si las propiedades de cada una de las partes serán privativas o gananciales. Y por último, puede modificarse la participación que cada cónyuge tenga sobre las ganancias obtenidas por el otro durante el tiempo de casados.
Además de pautas económicas, en estos contratos se pueden definir por ejemplo indemnizaciones por infidelidad, regular los regalos o donaciones por la boda, poner límites a la sociedad ganancial, garantizar pensiones o compensaciones en caso de separación, e incluso definir todo lo que concierne a los hijos, aunque es una práctica poco común.
A pesar de que en el contrato prematrimonial pueden incluirse cláusulas en relación a la guarda, custodia, régimen de visitas y pensión alimentaria, en España estas medidas no son habituales, ya que podrán ser revisadas por un Juzgado de Familia al afectar a menores.
Consigue un contrato prematrimonial
Aunque se lo llame “prematrimonial”, este es un acuerdo que puede celebrarse antes o después de formado el matrimonio. Si se realiza antes, el matrimonio deberá tener lugar en un período máximo de un año siguiente para que conserve su validez. Pero si se realiza después, puede hacerse en cualquier momento de la relación y modificarse cuantas veces se desee, con el acuerdo de ambos cónyuges.
Estos acuerdos, además de establecer una serie de normas que pueden proteger el patrimonio de ambos cónyuges, hacen que en caso de separación o divorcio el proceso sea mucho más sencillo, ya que las cláusulas económicas surten efecto inmediatamente, exceptuando en el caso de que afecte a menores.
Para celebrar un contrato prematrimonial, puedes contar con la asesoría de nuestro grupo de abogados experimentados, que te ayudarán a redactar un acuerdo que se adapte a las necesidades específicas de tu pareja. En estos acuerdos se deben incluir cláusulas aceptadas por la ley, debe ser aceptado por ambos cónyuges y ser celebrados fuera de un contexto de crisis personal, garantizando la buena fe del pacto.